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👋 CPCEPSL NEWSLETTERS, 26 de Diciembre 📰
➡️ Te informamos que, por todo el mes de enero del 2025, el horario de atención de las Secretarías Técnicas de la Delegación Villa Mercedes, será de ⏰9 a 13 hs.
Por otro lado, más adelante comunicaremos los horarios de sede San Luis y Delegación Valle del Conlara.
Por otro lado, más adelante comunicaremos los horarios de sede San Luis y Delegación Valle del Conlara.
💰Finaliza la aplicación del Impuesto PAIS (Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria) el 22 de diciembre.
💰El régimen de percepciones refería a operaciones alcanzadas por el Impuesto PAIS.
💰Por ello, la Resolución General 5617 publicada en el B.O. el 19/12/2024, que reemplaza la RG 4815, adecúa la normativa para la continuidad del régimen de percepciones.
💰Las operaciones alcanzadas por el régimen de percepciones del Impuesto a las Ganancias o del Impuesto sobre los bienes personales continúan siendo:
✔Compra de billetes y divisas en moneda extranjera.
✔Pago de bienes o servicios realizados en el exterior a través de tarjetas de crédito o débito.
✔Pago de servicios prestados por no residentes en Argentina.
✔Compra de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viaje y turismo, pasajes con destino fuera de Argentina.
Excepciones:
• Prestaciones de salud, medicamentos, libros y software educativo.
• Proyectos de investigación en instituciones públicas o universidades.
• Transporte terrestre con destino a países limítrofes.
Agentes de percepción:
• Bancos, emisores de tarjetas de crédito/débito, agencias de viajes y empresas de transporte internacional.
Devoluciones y crédito fiscal
• Sujetos no contribuyentes:
Aquellos que no estén inscriptos en Ganancias o Bienes Personales podrán solicitar la devolución de las percepciones sufridas, a partir del año siguiente al que se realizaron las operaciones.
• Saldo a favor:
Las percepciones generarán crédito fiscal para compensar con otras obligaciones tributarias en la declaración jurada.
💰El régimen de percepciones refería a operaciones alcanzadas por el Impuesto PAIS.
💰Por ello, la Resolución General 5617 publicada en el B.O. el 19/12/2024, que reemplaza la RG 4815, adecúa la normativa para la continuidad del régimen de percepciones.
💰Las operaciones alcanzadas por el régimen de percepciones del Impuesto a las Ganancias o del Impuesto sobre los bienes personales continúan siendo:
✔Compra de billetes y divisas en moneda extranjera.
✔Pago de bienes o servicios realizados en el exterior a través de tarjetas de crédito o débito.
✔Pago de servicios prestados por no residentes en Argentina.
✔Compra de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viaje y turismo, pasajes con destino fuera de Argentina.
Excepciones:
• Prestaciones de salud, medicamentos, libros y software educativo.
• Proyectos de investigación en instituciones públicas o universidades.
• Transporte terrestre con destino a países limítrofes.
Agentes de percepción:
• Bancos, emisores de tarjetas de crédito/débito, agencias de viajes y empresas de transporte internacional.
Devoluciones y crédito fiscal
• Sujetos no contribuyentes:
Aquellos que no estén inscriptos en Ganancias o Bienes Personales podrán solicitar la devolución de las percepciones sufridas, a partir del año siguiente al que se realizaron las operaciones.
• Saldo a favor:
Las percepciones generarán crédito fiscal para compensar con otras obligaciones tributarias en la declaración jurada.
➡️ Cerramos el año de nuestras actividades físicas en el Centro Recreativo de Juana Koslay. Nos relajamos un poco y realizamos una clase de Aquagym💦, en la que participaron algunos de nuestros alumnos habituales.
Pasamos una tarde muy divertida e informal🙌
¡Gracias a todos los que participaron!
Pasamos una tarde muy divertida e informal🙌
¡Gracias a todos los que participaron!